- Que el propietario o promotor disponga de la certificación de eficiencia energética para su consulta por parte de los interesados en la compra o alquiler del inmueble.
- Incluir la etiqueta energética en toda oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta o alquiler del inmueble.
- Adjuntar el certificado de eficiencia energética a la documentación notarial y/o al contrato de arrendamiento.
- Presentar el certificado de eficiencia energética al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su registro. El control de su cumplimiento lo llevará a cabo el órgano competente de cada Comunidad.
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